preguntas frecuentes

Según la ley de Contrato de seguro, «el asegurado tendrá derecho a elegir libremente el Procurador y Abogado que hayan de representarle y defenderle CUANDO RECLAME COMO PERJUDICADO en cualquier clase de procedimiento». Para ello, lo primero que debes hacer es comprobar si tu póliza de seguros incluye la defensa jurídica. Si es así, tienes derecho a escoger el abogado que quieras, y es tu aseguradora la que correrá con sus honorarios HASTA EL LIMITE DE COBERTURA PACTADO.

Según el Baremo de Accidentes, el lesionado en un accidente de tráfico tiene un 𝐦á𝐱𝐢𝐦𝐨 𝐝𝐞 𝟕𝟐 𝐇𝐎𝐑𝐀𝐒 para ser atendido en un centro sanitario. Ya que se considera este periodo el tiempo médicamente explicable para la aparición de la sintomatología.

Cuando sufrimos un accidente de tráfico SIEMPRE tenemos derecho a asistencia sanitaria, ya sea en aplicación de la cobertura de gastos sanitarios de nuestra póliza si somos conductores responsables, o por aplicación de los convenios de gastos sanitarios si somos perjudicados.

Los lesionados en accidentes de tráfico tienen derecho a escoger cualquier clínica asistencial adherida a dichos convenios, y las aseguradoras no pueden obligarles a ir a una clínica concreta.

Si sufrimos un accidente de tráfico “in itinere” (yendo al trabajo o de vuelta a casa), tenemos derecho a escoger clínica y la mutua de accidentes de trabajo no puede obligarnos a recibir tratamiento en sus instalaciones, pero sí estamos obligados a permitir que hagan seguimiento del proceso de curación.

Si el accidente de tráfico lo sufrimos en nuestra jornada de trabajo, estamos obligados a recibir el tratamiento de la mutua de accidentes y no tenemos derecho a elección de clínica.

Los lesionados en accidentes de tráfico tienen derecho a ser indemnizados por los costes de movilidad que las lesiones les generen, así como los de familiares que tengan que desplazarse para atenderlos cuando su situación personal lo requiera.

Dichos costes se acreditan con las facturas de los medios de transporte utilizados o, si se realizan con un vehículo particular, reclamando una compensación económica por kilometraje.

El derecho a ser indemnizado por lucro cesante es desconocido para muchas personas que sufren un accidente de tráfico, y consiste en el abono de las pérdidas patrimoniales derivadas de las bajas por incapacidad temporal. Es decir, la víctima tiene derecho a que se le indemnice por el dinero que deja de percibir debido a la baja por accidente.

Dicha indemnización pueden reclamarla tanto trabajadores por cuenta ajena y autónomos, como personas dedicadas a las tareas del hogar.

Si has tenido un accidente y dudas si te corresponde una indemnización por lucro cesante, o no sabes cómo calcularla, no dudes en consultarnos.

Según señala en su artículo 7d la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: estarán exentas “las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía legal o judicialmente reconocida”.

En consecuencia, las indemnizaciones calculadas sobre la base del baremo de accidentes de tráfico NO tributan. Si bien, sí lo hacen los intereses de demora.

En Gracia Abogados, Tu Abogado de Accidentes, contamos con una amplia experiencia en la defensa del derecho de las víctimas de accidentes de tráfico a percibir una indemnización justa por los daños sufridos.
 
Comprometidos ÚNICAMENTE con nuestros clientes, trabajamos SIN COMISIONES y con total INDEPENDENCIA. Por ello, somos un equipo de profesionales, sin ninguna vinculación a las compañías de seguros, especialistas en la reclamación de la máxima indemnización conforme al Baremo Legal de Accidentes de Tráfico.
 
Como garantía de que lucharemos por la máxima indemnización, TU ABOGADO DE ACCIDENTES COBRA CUANDO TÚ COBRES, haciendo depender nuestros honorarios de la indemnización que finalmente percibas.
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